SEGUROS PERSONALES

ACCIDENTES DE TRABAJO

SEGURO VOLUNTARIO

Si desarrollás una actividad laboral que no requiere la contratación de un seguro obligatorio de Accidentes del Trabajo según la Ley 16.074, igualmente podés contratarlo y estar amparado en caso de sufrir un accidente a causa del trabajo o en ocasión del mismo. Puede ser contratado por Patronos, Artistas, Deportistas, Voluntarios, etc.

Prestaciones 

En caso de siniestro laboral cubierto por la póliza podrás recibir las siguientes prestaciones:

  • Asistencia médica en el Hospital BSE (José Pedro Varela 3420)
  • Reembolso de pasajes y traslados si fuere necesario
  • Te proporcionamos prótesis si fuera necesario
  • Apoyo psico-técnico para la rehabilitación

Indemnizaciones

En caso de siniestro laboral cubierto por la póliza te abonaremos las siguientes indemnizaciones:

  • Los jornales perdidos a partir del 4to. día de la fecha del accidente mientras estés en asistencia y hasta el alta definitiva. El jornal se calcula en base al monto ficto que hayas declarado para la cobertura. 
  • Si a consecuencia del accidente quedaras con una incapacidad permanente mayor al 10%, te abonaremos una Renta Vitalicia 
  • Servicio fúnebre en caso de fallecimiento del Asegurado

Por más información comunícate con tu Asesor de confianza, en Teleservicios 1998 o en cualquiera de nuestras oficinas de todo el país.

SEGURO DOMÉSTICO

 

Mediante acuerdo interinstitucional entre BSE y BPS, no se emiten pólizas para patrones cuyo tipo de aportación sea por Servicio Doméstico.

BPS emitirá una única factura detallando el pago de las obligaciones por seguridad social que incluye el costo de la cobertura de Accidentes del Trabajo calculado sobre el salario declarado al BPS.

  La factura paga de BPS será comprobante de que el trabajador/a dependiente, tiene cobertura de seguro de Accidentes del Trabajo.

¿Qué deben realizar los patrones?

  • Los patrones que tengan registrado a su personal doméstico en el BPS, estarán cubiertos por accidentes del trabajo en caso de la ocurrencia de un accidente laboral, siempre y cuando la factura se encuentre abonada dentro de las fechas establecidas.
  • En caso de siniestro, deberán realizar la denuncia a través de la Web del BSE y en este caso se consultará al BPS si el trabajador está declarado.
  • NO se consideran dentro de Servicio Doméstico las escuelas, comisiones de fomento, edificios y jardineros.