preguntas frecuentes

EMPRESAS

¿Quiénes están obligados a contratar un seguro de accidente de trabajo?

Las empresas o patronos con personal dependiente que pertenezcan a las siguientes actividades: 

  • Aportación Industria y Comercio 
  • Aportación Caja Bancaria 
  • Aportación Caja Profesional 
  • Aportación Caja Civil 

Las empresas con los tipos de aportación que se detallan a continuación están amparadas frente a la ocurrencia de un accidente laboral por el aporte unificado al BPS. 

  • Servicio Doméstico 
  • Sector Construcción 


¿Cómo y dónde se contrata?
  • Este seguro se contrata exclusivamente con el BSE. 
  • Dicho trámite se puede hacer personalmente o bien gestionarlo con tu asesor de seguros (sin costo adicional)
¿Qué cubre la póliza?

La póliza cubre la Responsabilidad Civil del empleador, ante los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que ocurran a sus dependientes a causa o en ocasión del trabajo, en la forma y condiciones que determina la Ley 16.074 y las condiciones generales y particulares de la póliza.  

En caso de siniestro el dependiente recibirá las siguientes prestaciones:

  • Asistencia médica
  • Reembolso de pasajes y traslados de ser necesario
  • Prótesis y accesorios para garantizar el éxito del tratamiento
  • Apoyo psico-técnico para la rehabilitación
  • Indemnización temporaria* durante la asistencia y hasta el alta definitiva.

* La indemnización cubrirá el equivalente al 66,7% del sueldo ficto declarado en la póliza a partir del 4to día de ocurrido el accidente.

  • Indemnización permanente en caso de que se constate una reducción de un 10% o más de la capacidad profesional.
  • Indemnización a derechohabientes y reintegro de gastos de sepelio en caso de fallecimiento de la persona asegurada.


¿Cuándo contratar un seguro de accidente de trabajo?

Al momento de contratar personal dependiente. 

Si no tengo personal dependiente, ¿Puedo igual asegurarme como patrón?

Como cobertura adicional a de la de los trabajadores dependientes, el BSE otorga la cobertura a los Patrones. Para cubrir esta contingencia debe solicitar el seguro en el producto ADTSV (Seguro Voluntario) en las condiciones que se determinan en este seguro. 

¿Qué debo hacer si ocurre un accidente de trabajo en mi empresa?
  • Montevideo 
  • Si ocurrió en el día: 

La persona accidentada deberá trasladarse o ser trasladada al sector Emergencia del Hospital BSE*

*Calle José Pedro Varela 3420, ingreso por calle Pesaro.  

  • Si NO ocurrió en el día: 

La persona accidentada deberá dirigirse al sector Admisión Ambulatoria* para recibir asistencia. 

*Piso 1 del Hospital BSE. 

  • Interior 

La persona accidentada deberá trasladarse o ser trasladada a un prestador de salud. 

  • Exterior 

En el caso que se produzca un accidente en el exterior, como empleador o representante, deberás procurar la asistencia médica necesaria para la persona accidentada.

  • Denuncia patronal 

En todos los casos deberás realizar la declaración correspondiente a la denuncia patronal brindando los datos solicitados para continuar con el proceso.


¿Qué debo hacer si mi dependiente reingresa a la asistencia médica?

Para el caso en que tu dependiente reingrese a la asistencia luego del alta médica o abandono, te solicitaremos informar la fecha del último día trabajado. 

Contacto

BSE

Avenida José Pedro Varela 3420 | Montevideo - Uruguay

Cómo llegar
Asistencia en el interior

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